Nueva modificación en el PGC, el PGCPYMES y en las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos

El pasado 17 de diciembre de 2016 se publicó en el BOE el Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007), el Plan General de Contabilidad aplicable a Pequeñas y Medianas Empresas (Real Decreto 1515/2007), las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas (Real Decreto 1159/2010) y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos (Real Decreto 1491/2011). La modificación se ha realizado con la finalidad de transponer a nuestro ordenamiento interno lo establecido en la Directiva 2013/34/UE, relativa a los estados financieros anuales, consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas.

Las principales novedades que se introducen son de aplicación a las cuentas anuales de los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016

  • Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas y medianas empresas:
    • Se elimina la obligatoriedad de elaborar el estado de cambios en el patrimonio neto.
    • Se reduce la información a incluir en la memoria en las siguientes áreas: actividad de la empresa, aplicación del resultado, activos financieros, pasivos financieros, fondos propios, situación fiscal, subvenciones, donaciones y legados, ingresos y gastos y operaciones con partes vinculadas.
  • Se amplía el ámbito de aplicación del PGC aplicable a las Pymes. A tal efecto, para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016 los límites de total activo, importe neto de la cifra de negocios y número de trabajadores se igualan con los previstos para poder elaborar modelo abreviado de balance y memoria.
  • Se introduce un cambio en las NFCAC sobre la exclusión y dispensa de consolidar y la nueva regulación del fondo de comercio, en línea con el tratamiento en cuentas anuales individuales.
  • Se modifican las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, con la finalidad de:
    • Facultar a estas entidades para que puedan aplicar el PGC de Pymes en los mismos términos que los previstos para las empresas. Asimismo se modifican las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.
    • Recoger los cambios en materia de inmovilizado intangible.
  • Se modifica el Reglamento que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas para incorporar el procedimiento sancionador abreviado previsto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.
  • Tratamiento contable de los títulos habilitantes de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A. Se establece que estos títulos habilitantes no serán objeto de amortización, por sus especiales características, y debería ser objeto de análisis al menos anualmente su eventual deterioro.

Real Decreto 602/2016. BOE 17 diciembre

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