Incremento del SMI y las cotizaciones

Otra de las medidas derivadas de la aprobación el pasado día 2 de diciembre del Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, han sido el incremento del Salario Mínimo Interprofesional y el aumento de los topes de las bases máximas de cotización, todas de aplicación a partir del día 1 de enero de 2017.

INCREMENTO DE UN 3% DEL TOPE Y LAS BASES MÁXIMAS DE COTIZACIÓN

Las cuantías del tope máximo de la base de cotización a la Seguridad Social en aquellos regímenes que lo tengan establecido y de las bases máximas de cotización aplicables en cada uno de ellos se incrementarán, a partir del 1 de enero de 2017, en un 3 por ciento respecto a las vigentes en el año 2016. Por tanto:

  • Tope y bases máximas mensuales pasan, de 3.642,00 a 3.751,26 euros.
  • Tope y bases máximas diarios pasan, de 121,40 a 125,04 euros/día.
AUMENTO DE UN 8% DEL SMI

Por tanto, el salario mínimo interprofesional queda como sigue:

  • SMI Anual pasa de 9.172,80 a 9.906,62 euros.
  • SMI mensual pasa de 655,20 a 707,62 euros.
  • SMI diario pasa de 21,84 a 23,56 euros.
SE SUBEN UN 8% LAS BASES Y TOPES MÍNIMOS DE COTIAZACIÓN

Dado que se incrementa el SMI, y las bases y topes mínimos están referenciados al SMI, las bases mínimas serán las siguientes (según el grupo profesional):

  • Grupo 1: Ingenieros y licenciados: pasan de 1.067,40 a 1.152,79 euros/mes.
  • Grupo 2:Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados: de 885,30 a 956,12 euros/mes.
  • Grupo 3, Jefes Administrativos y de Taller: de 770,10 a 831,71 euros/mes.
  • Grupos 4 a 7: de 764,40 a 825,55 euros/mes.
  • Grupos 8 a 11: de 25,48 a 27,52 euros/día.

Real Decreto-Ley 3/2016. BOE 3 de diciembre de 2016

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