Declarada inconstitucional la plusvalía municipal con pérdida

El Tribunal Constitucional ha hecho pública la esperada sentencia sobre la tributación en el Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la denominada “plusvalía”) de las operaciones en las que se ha producido pérdida de valor en el patrimonio del transmitente. Se trata de la Sentencia de 16 de febrero de 2017, Número de recurso 1012/2015

El Tribunal estima parcialmente la cuestión de inconstitucionalidad planteada por un Juzgado de Donostia el 5 de febrero de 2015, considerando que la plusvalía municipal es contraria al principio de capacidad económica previsto en el artículo 31.1 de la Constitución, cuando la venta de inmueble se realiza con pérdidas. También señala el Tribunal que ahora corresponde al legislador realizar las modificaciones legislativas pertinentes en el impuesto para que no se someta a tributación este tipo de situaciones, es decir, cuando precisamente no hay incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Estaremos pendientes del pronunciamiento del TC en relación con la cuestión planteada por un Juzgado de Madrid en auto de 15 de diciembre de 2015, en el cual se planteaba también la inconstitucionalidad de los artículos 107 y 110.4 del TRLHL, en base a la misma fundamentación que esgrimió el Juzgado de Donostia.

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