Nueva ORDEN que modifica los modelos 190, 117 y 390

El pasado 11 de octubre se ha publicado la Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; y se modifican asimismo otras normas tributarias.

A continuación indicamos de forma resumida los principales cambios efectuados:

Modificaciones en el modelo 190

  •  Se suprime del modelo las referencias al régimen transitorio previsto para el ejercicio 2015 respecto de la reducción de los rendimientos íntegros del trabajo por ser desempleados inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.
  •  Se modifican las subclaves de la clave G correspondientes a los rendimientos de las actividades profesionales debido a la reducción desde el 11 de julio de 2015 del tipo de retención para los trabajadores autónomos, al 15% y al 7%.
  •  Se reorganiza el contenido de las subclaves contenidas dentro de las claves A y B, para facilitar la cumplimentación de los datos adicionales correspondientes a los rendimientos que se satisfagan al trabajador por incapacidad laboral temporal, cuando éstos sean satisfechos por la Seguridad Social o directamente abonadas por el empleador en virtud de acuerdo de colaboración con la Seguridad Social.
Modificaciones en el modelo 117

Debido a la modificación desde 2017 del régimen fiscal derivado de la venta de derechos de suscripción derivado de valores negociados en algún mercado oficial, el importe obtenido en la transmisión genera una ganancia patrimonial para el contribuyente en el período impositivo en que se produzca la citada transmisión, por lo que debe generarse una nueva obligación de retención (19%) para estas ganancias patrimoniales a partir de 2017.

Ello obliga a incluir estas rentas sometidas a retención en el correspondiente modelo de autoliquidación periódica y en el resumen anual de retenciones. Por ello se incluyen en el actual modelo 117 aplicable actualmente a las ganancias derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, para lo cual se modifica su denominación, al objeto de incluir este tipo de ganancias patrimoniales, y se adapta al mismo tiempo el modelo contenido en el anexo I de dicha Orden EHA/3435/2007.

Modificaciones en el modelo 390

Se aclara la aplicación de la exoneración de la obligación de presentar la declaración resumen anual modelo 390. Se precisa que la exoneración no tiene carácter opcional de modo que los sujetos pasivos incluidos en los colectivos delimitados en el artículo 71 deben cumplimentar el apartado específico reservado a los sujetos pasivos exonerados de la Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido que se requiere en la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio. Este cambio será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones-resúmenes correspondientes a 2016.

Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre. BOE núm. 246, de 11 de octubre de 2016

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